Derecho de familia
División de Derecho de Familia y Servicios
La División de Derecho de Familia de la Corte Superior de San Benito maneja una variedad de asuntos relacionados con la familia. Algunos de estos tipos de casos incluyen finalizar un matrimonio o una pareja de hecho registrada, identificar a los padres legales de un hijo, determinar los problemas de custodia y visitas, establecer o hacer cumplir la manutención de los hijos y del cónyuge, tratar los problemas de violencia en el hogar, las adopciones y las emancipaciones de menores.
Actas de nacimiento
Para obtener información sobre las actas de nacimiento, comuníquese con la oficina del registrador del condado de San Benito: 440 Fifth Street n.º 206, Hollister, CA 95023. Para obtener más información, haga clic en el enlace que se muestra a continuación.
Oficina del registrador del condado de San Benito
Clase de crianza compartida - Casos de derecho de familia con hijos
Clase de crianza compartida en línea:
Esta clase debe completarse ÚNICAMENTE en el sitio web que se indica a continuación. Es el único curso en línea aprobado por la corte de San Benito. Si toma una clase diferente en línea, no contará para completar su requisito de crianza compartida. Esta clase tarda aproximadamente 4 horas en completarse. Se puede tomar en inglés o español. Esta clase es gratuita. Para registrarse en esta clase, regístrese en el sitio web de Families Change (Las familias cambian). Una vez que haya completado esta clase, USTED tiene que imprimir su certificado de finalización y presentarlo en la oficina del secretario de la corte de Hollister, 450 Fourth Street en Hollister.
Comunicación ex parte
Las cartas enviadas al juez son comunicaciones ex parte. Se consideran contactos indebidos, sin previo aviso a la otra parte, y no serán enviados al juez para su revisión. El juez puede o no considerar la carta en la próxima audiencia de la corte. Si desea enviar información al juez para que la considere, tendrá que estar en el formato adecuado, con entrega legal a la otra parte y presentada ante la corte.
Audiencias ex parte
Una audiencia ex parte es una solicitud urgente de órdenes de la corte, generalmente cuando un niño está en peligro físico o mental, o existe una amenaza de secuestro. Es una solicitud de una de las partes con poca antelación a la parte contraria. Consulte la Regla local 9.5. Las audiencias ex parte generalmente se programan a la 1:00 p. m., de lunes a viernes.
- 1. ¿Cuándo y cómo notifico a la otra parte?
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La notificación a la parte contraria tiene que proporcionarse antes de las 10:00 a. m. del día anterior a la audiencia ex-parte. El abogado petitorio o la parte que se representa a sí misma tiene que dar aviso de la solicitud ex-parte al abogado o a la parte que se representa a sí misma contraria antes de presentar la solicitud ante la corte, excepto cuando sea imposible dar aviso. Los diferentes tipos de aviso aceptados por la corte se indican en el formulario FL-303 del Consejo Judicial, Declaración sobre aviso y entrega legal de la solicitud de órdenes de emergencia temporales (EX PARTE).
- 2. ¿Cuándo y cómo notifico a la corte?
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El mismo día que notifica a la parte contraria, tiene que llamar al secretario ex parte de la corte de San Benito antes de las 11:00 a. m. para informar a la oficina del secretario que tiene una audiencia ex parte al día siguiente.
Para comunicarse con el secretario ex-parte, llame. El mensaje le dará instrucciones sobre qué información necesita la corte. Dejará esta información en el correo de voz ex-parte.
- 3. ¿Cuándo y dónde presento mi documentación?
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Todos los documentos petitorios ex parte se presentarán en la oficina del secretario de la corte a más tardar a las 3:00 p. m. del día anterior a la audiencia ex parte. Necesitará dos copias, una copia para sus registros y la otra copia para entregársela a la otra parte en la audiencia ex parte.
La persona que presenta la solicitud ex parte tiene que proporcionar una copia de los documentos petitorios a la otra parte a más tardar a las 3:00 p. m. del día anterior a la audiencia ex parte. Los documentos pueden entregarse personalmente, por fax o por correo electrónico.
- 4. ¿Cuándo y dónde presento mi respuesta a la solicitud ex parte?
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Los abogados de la parte contraria o las partes que se representan a sí mismas tendrán que presentar sus objeciones a los documentos petitorios tan pronto como sea posible después de recibir el aviso. Los documentos tienen que presentarse en la oficina del secretario de la corte a más tardar a las 10:00 a. m. del día de la audiencia.
- 5. ¿Puedo llevar a mis hijos a la corte?
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Los niños no están permitidos en las salas de la corte.
- 6. ¿Cuál es la cuota de presentación para procesar mi documentación?
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Hay una cuota para la audiencia ex parte, pagadera al momento de la presentación, a menos que tenga una exención de cuotas registrada. Consulte el enlace del sitio web del Consejo Judicial para conocer la lista de cuotas estatales actual o puede pedirle a la corte que haga una exención de la cuota de presentación si los ingresos de su hogar están por debajo de ciertas pautas. Para obtener información y obtener formularios para una exención de cuotas, visite el sitio web de las cortes de California.
Visitas Supervisadas
La corte puede haber ordenado que usted y el otro padre establezcan visitas supervisadas. Su orden de la corte debe indicar si necesita usar un proveedor de visitas supervisado profesional (alguien a quien se le pagará por estar en las visitas) o un proveedor de visitas supervisado no profesional (generalmente un familiar o amigo).
Las listas y los criterios para cada uno se proporcionan aquí:
Proveedores de soluciones de visitas e intercambio (VES, por sus siglas en inglés):
Lilly Delao
Bilingüe inglés/español
408-710-9965
Horario
Lunes a viernes de 8:00 a. m. a 8:00 p. m.
Sábados y domingos de 9:00 a. m. a 6:00 p. m.