Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés)
Política de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)
De acuerdo con la política de la Corte Superior de San Benito, es la política de la Corte Superior de California, en el condado de San Benito, asegurar que la personas calificadas con discapacidades tengan un acceso igual y completo al sistema judicial.
Notificación:
Las solicitudes de ayudas y/o servicios auxiliares deben hacerse con la mayor antelación posible a la fecha de la implementación de las modificaciones solicitadas y, en cualquier caso, deben hacerse con no menos de cinco días de la corte antes de la fecha de implementación solicitada. La corte puede, a su entera discreción, no aplicar este requisito.
Personas con discapacidades elegibles:
Son personas amparadas por la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 e incluye a las personas que tienen un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más de las actividades principales de la vida; tienen un registro de dicho impedimento; o se considera que tienen dicho impedimento.
Modificaciones solicitadas:
Pueden hacerse llenando el formulario MC-410 y entregándolo en la oficina del secretario o devolviéndolo por correo a la atención del coordinador de la ADA. Las partes también pueden comunicarse con el coordinador de la ADA para obtener más ayuda o hacer preguntas